Atienden los
daños por adversidad climática del año 2025 como altas temperaturas, heladas,
pedriscos, vientos, precipitaciones extremas y la sucesión de incendios
forestales del verano. También se han aprobado otras minoraciones por
comunidades autónomas, provincias y municipios
Hortoinfo.- 18/05/2026
El Boletín Oficial del
Estado (BOE) ha publicado con fecha 18/05/2026 la orden del Ministerio de
Hacienda por la que se reducen los índices de rendimiento neto en el sistema de
estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
de 2025, el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.
Esta orden recoge la
propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de
minoración de dichos índices, que ha tenido en cuenta los efectos de
circunstancias excepcionales adversas que afectaron a la rentabilidad de muchas
explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2025.
Determinados sectores se
benefician de reducciones específicas, del 50 % en el caso la apicultura, y del
30 % en ovino y caprino, tanto para producción de carne como de leche.
Como en otras ocasiones,
se han efectuado también un elevado número de reducciones a nivel autonómico,
provincial o municipal en otras producciones, entre las que destacan las
aprobadas para los cereales, olivar y viñedo en importantes zonas productoras.
Estas deducciones se
suman a la reducción general del 5 % en el rendimiento neto para los
aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de
módulos establecida en la orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre.
Se estima que el
conjunto de las reducciones contempladas en la orden supone una rebaja de la
base imponible del IRPF del orden de 825 millones de euros.
Las reducciones
aplicadas reflejan las situaciones de adversidad climática del año 2025, entre
las que han destacado altas temperaturas, heladas, pedriscos, vientos,
precipitaciones extremas y la sucesión de incendios forestales del verano.
Adicionalmente, los
agricultores y ganaderos pueden beneficiarse de otras deducciones como el
índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con
piensos y otros productos adquiridos a terceros, que representen más del 50 %
del importe de los consumidos. El índice único para todos los sectores
ganaderos es del 0,5.
También se aplica un
coeficiente corrector por uso de electricidad para el riego, con una reducción
de un 25% del rendimiento neto extensible a todos los regadíos y no sólo a los
de consumo eléctrico estacional.
Igualmente se mantiene la exención del impuesto del IRPF para el cobro de los ecorregímenes de la Política Agraria Común (PAC).



