Los beneficiarios
tendrán que comunicar expresamente la aceptación de la ayuda para poder
percibirla, para lo que dispondrán de un plazo comprendido entre el 7 y el 27
de abril
Hortoinfo.- 30/03/2026
El Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un primer listado de 140.559
agricultores y ganaderos, potenciales beneficiarios de las ayudas directas
extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias de
Andalucía y Extremadura, como consecuencia de la cadena de borrascas ocurrida
entre los meses de enero y febrero. La lista se puede consultar en la sede
electrónica del Fondo Español
de Garantía Agraria (FEGA)
El listado incluye las
cuantías individuales que potencialmente podrán percibir y que oscilan entre
5.000 y 25.000 euros. El Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que
se adoptan medidas urgentes ante los daños causados por diversos episodios climáticos
adversos, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura, establece
distintas líneas de apoyo para el sector agrario por un valor total de 2.874
millones de euros, de los que 2.174 son ayudas directas.
El ministerio publicará
un segundo listado próximamente, por lo que aquellos titulares de explotaciones
que no figuren en esta primera relación deberán esperar a dicha publicación.
Para poder percibir la
ayuda, los titulares incluidos en este listado deberán realizar una aceptación
expresa en un plazo de 15 días hábiles, comprendido entre el 7 y el 27 de
abril, ambos inclusive.
La aceptación de la
ayuda lleva implícita la declaración responsable en la cual el beneficiario
confirma expresamente que ha sufrido daños en su explotación como consecuencia
de los fenómenos meteorológicos adversos y que el importe de la ayuda que tiene
asignada no excede del coste de dichos daños. Este paso es imprescindible, ya
que estas ayudas públicas están destinadas exclusivamente a compensar pérdidas
reales y acreditadas en las explotaciones afectadas.
La aceptación podrá
realizarse de forma sencilla a través de los representantes habituales de los
titulares de las explotaciones como entidades colaboradoras, organizaciones
profesionales agrarias o asesorías, que están habilitados para gestionar este
trámite en nombre de los beneficiarios. El objetivo es facilitar al máximo el
proceso y reducir la carga administrativa para los interesados.
No obstante, quienes
prefieran realizar la gestión directamente también podrán hacerlo a través del
registro electrónico del FEGA, accesible desde su sede electrónica.
La publicación de este
listado permite a los potenciales beneficiarios conocer de forma anticipada el
importe previsto de la ayuda, en el marco de un procedimiento diseñado para
agilizar la tramitación y el pago de estas compensaciones.
Con esta actuación, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación avanza en la ejecución de las medidas previstas en el real decreto-ley, con el objetivo de apoyar al sector agrario y contribuir a la recuperación de las explotaciones afectadas por estos episodios meteorológicos adversos.




