El Parlamento Europeo pone más difícil que países terceros utilicen en la UE el sello de ecológico en sus productos

La CE planteó revisar el marco normativo tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de octubre de 2024, sobre el uso de dicho logotipo por parte de productos de terceros países acogidos al actual sistema de reconocimiento de la UE

Hortoinfo.- 15/07/2026

La comisión de Agricultura y Desarrollo Rural del Parlamento Europeo ha dado este martes su apoyo a una reforma de las normas comunitarias sobre productos ecológicos que endurece los requisitos para que las importaciones de terceros países puedan exhibir el logotipo ecológico de la UE, al tiempo que amplía las exenciones de certificación para los pequeños productores.

Aprobado por 37 votos a favor, cuatro en contra y ocho abstenciones, el documento propone exigir, además de la actual equivalencia con la normativa comunitaria, requisitos adicionales de producción y control para que los productos importados puedan utilizar ese distintivo. Asimismo, fija en un máximo del 5% la proporción de ingredientes ecológicos procedentes de fuera de la UE en los alimentos transformados elaborados en territorio comunitario que aspiren a lucir el sello europeo.

La normativa se ha actualizado después de que la Comisión Europea planteara revisar este marco normativo tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de octubre de 2024 sobre el uso de dicho logotipo por parte de productos de terceros países acogidos al actual sistema de reconocimiento de la UE.

El Parlamento Europeo fija su posición de cara a las negociaciones con el Consejo (los Gobiernos) para cerrar el texto definitivo de la reforma, con la intención de que las nuevas disposiciones entren en vigor antes de que finalice, el 31 de diciembre de este año, el régimen transitorio que se aplica a las importaciones de este tipo de productos.

La nueva norma amplía también el margen para que los pequeños operadores que comercializan productos ecológicos a granel directamente al consumidor sigan exentos de la certificación obligatoria. En concreto, eleva el límite de facturación anual de 20.000 a 25.000 euros y duplica el volumen máximo de ventas permitido, que pasa de 5.000 a 10.000 kilogramos al año.

La Eurocámara lleva a cabo estos cambios por el aumento de los precios registrado en los últimos años, que había llevado a algunos productores a rebasar los topes vigentes y perder el acceso a esa exención.

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